¿Qué tramites incluye este pack?
Se deberá contratar este producto tantas veces como periodos extras se quieran solicitar
Información general sobre los permisos
Inmediatamente después de nacer el bebé, las madres y padres trabajadores deben empezar a disfrutar de su PERIODO DE PERMISO REMUNERADO por la Seguridad Social (por lo tanto, BBTramit no puede gestionar las prestaciones de trabajadores Mutualistas, ya que estos no cotizan en la Seguridad Social, por ejemplo MUFACE, MUGEJU, ISFAS).
Este periodo se divide en dos partes, la primera parte del permiso consta de las 6 primeras semanas, y la segunda parte (el resto), puede variar según el caso.
En la primera parte del permiso, el total de tu remuneración correrá a cargo de la Seguridad Social, y en el segunda parte, la mitad irà a cargo de la empresa y la otra mitad a cargo de la Seguridad Social.
Aunque la mayoría de trabajadores eligen disfrutar todas las semanas del permiso seguidas después del nacimiento del bebé, existe la posibilidad de disfrutar la segunda parte del permiso más tarde, e incluso dividir las semanas restantes en diferentes periodos.
NUEVAS CONDICIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL DESDE JULIO DE 2025:
- Recuerda que, para los nacimientos producidos a partir de 31 de julio de 2025, la prestación tiene una duración de 19 semanas de las cuales 6 son obligatorias tras el parto y 13 voluntarias
- De estas 13 semanas voluntarias, 11 deben disfrutarse dentro de los 12 meses tras el nacimiento del menor y las 2 restantes pueden disfrutarse en cualquier momento hasta que el menor cumpla 8 años.
- En caso de monoparentalidad, la duración de la prestación es de 32 semanas (6 obligatorias y 26 voluntarias, de las cuales 4 podrán disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años).
- Si el nacimiento se ha producido entre el 02/08/2024 y el 30/07/2025, podrá solicitar dos semanas adicionales de prestación (4 en caso de monoparentalidad) desde el 01/01/2026 y hasta que el menor cumpla 8 años.
POR NORMA GENERAL, Y EN LO QUE RESPECTA A NUESTRAS GESTIONES:
- Las 6 primeras semanas son de obligado disfrute inmediatamente después del nacimiento, no siendo posible aplazarlas ni disfrutarlas de forma parcial.
- Las 13 semanas restantes (o las que correspondan a tu caso) se pueden posponer o disfrutar de forma parcial
Si te interesa esta opción debes tener en cuenta que cada tramo debe ser pactado con tu empresa y requiere de la realización de un nuevo trámite ante la Seguridad Social, y por lo tanto:
- * BBTramit cobra un Suplemento de 10 € /por tramo extra que solicites (excepto en los casos de fuerza mayor, como hospitalización o incubadora, que BBTramit ofrece de manera gratuita)
- Los tramos tienen que solicitarse como mínimo con 15 días de antelación
- Los tramos siempre deben ser mínimo de siete días o múltiple de siete
- No podrán ser modificados una vez presentados.
- La empresa deberá expedir un certificado para cada periodo donde especifique exactamente las fechas del permiso (es importante revisar las fechas para evitar malentendidos)
- Este certificado, solo puede ser expedido por la empresa justo a partir del dia de inicio de cada tramo.
- La Seguridad Social suele pagar los tramos a mes vencido, por ejemplo: el tramo de Enero, suelen pagarlo a finales de Febrero, etc...







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